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Punto a revisar antes de importar: en esta categoría conviene validar especialmente omisión del país de origen.

Etiqueta NOM-050 para
De fundición no maleable.

Fracción Arancelaria: 73251005 | Capítulo 73 (Manufacturas de fundición, hierro o acero)

Herrajes, tornillería, conexiones, artículos de ferretería y artículos del hogar de metal entran a territorio nacional bajo NOM-050. Al venderse al público, requieren información comercial en español aun cuando se trate de insumos de uso técnico.

Datos detectados para esta fracción

Producto: De fundición no maleable. | HS Code: 73251005

Datos de la Etiqueta

Qué debe llevar la etiqueta

Campos que normalmente se revisan para manufacturas de fundición, hierro o acero cuando la NOM-050-SCFI-2004 resulta aplicable:

  • Denominación del artículo (ej. "Tornillo galvanizado", "Conexión de acero").
  • Datos del importador: nombre/razón social, RFC y domicilio fiscal.
  • País de origen.
  • Contenido / cantidad por empaque (ej. "Caja con 100 piezas").
  • Cuando aplique, dimensiones o especificación técnica relevante para el consumidor.

Errores que conviene revisar

  • Mercancía a granel sin empaque que porte la información comercial.
  • Etiqueta metálica con tipografía grabada por debajo de 1.5 mm difícil de leer.
  • Falta de país de origen en piezas importadas desde múltiples orígenes en un mismo lote.

Normas relacionadas

Algunos productos de acero (varilla, alambrón, tubería) cuentan con NOM específicas de producto (NOM-SCFI de la industria siderúrgica); verifique si su fracción está sujeta a norma de producto además de la información comercial.

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Preguntas frecuentes — Manufacturas de fundición, hierro o acero

¿La tornillería a granel necesita etiqueta individual? +

No por pieza, pero el empaque o caja maestra que llega al consumidor debe portar la información comercial completa en español.

¿Aplica NOM-050 a artículos de ferretería de uso profesional? +

Sí, si se comercializan al público en general. La información comercial es independiente del perfil técnico del comprador.

¿Debo declarar la norma de fabricación del acero en la etiqueta? +

La NOM-050 no la exige, pero si la fracción está sujeta a una NOM de producto, esa norma sí puede requerir especificaciones adicionales.

Otras fracciones de Manufacturas de fundición, hierro o acero

Ver el directorio completo del Capítulo 73 (Manufacturas de fundición, hierro o acero).

73011001 — Tablestacas. 73012001 — Perfiles. 73021002 — Carriles (rieles). 73023001 — Agujas, puntas de corazón, varillas para mando de agujas y otros elementos para cruce o cambio de vías. 73024002 — Bridas y placas de asiento. 73030002 — Tubos y perfiles huecos, de fundición. 73041101 — Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 4 mm sin exceder de 19.5 mm. 73041102 — Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 406.4 mm y espesor de pared igual o superior a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm. 73041103 — Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior superior a 406.4 mm y espesor de pared superior o igual a 9.52 mm sin exceder de 31.75 mm. 73041104 — Tubos laminados en frío, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en frío barnizados o laqueados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared igual o superior a 1.27 mm sin exceder de 9.5 mm. 73041901 — Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior inferior o igual a 114.3 mm y espesor de pared superior o igual a 4 mm sin exceder de 19.5 mm. 73041902 — Tubos laminados en caliente, sin recubrimiento u otros trabajos de superficie, incluidos los tubos laminados en caliente barnizados o laqueados: de diámetro exterior superior a 114.3 mm sin exceder de 406.4 mm y espesor de pared superior o igual a 6.35 mm sin exceder de 38.1 mm.